Tras la reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (Ley 35/2015 de 22 de septiembre sobre el Daño Corporal), que opera desde 1 de enero de 2016, muchas cosas han cambiado en relación a las reclamaciones que puedes realizar como indemnización por las lesiones sufridas en un accidente de coche. El nuevo Baremo de Indemnización es complejo y hay que saber interpretarlo. Así que vamos a facilitarte unos sencillos pasos con todo lo que debes tener en cuenta para conseguir la indemnización que te corresponde.
1) Parte amistoso (DAA). Hay accidentes muy graves en los que no es posible hacerlo, pero en la mayoría de siniestros en los que uno puede verse involucrado debes realizar la Declaración Amistosa de Accidente (DAA) y guardar una copia. La situación es molesta, pues nadie va preparado para sufrir un siniestro, pero es importante que recojas correctamente todos los datos y reflejes fielmente lo ocurrido en la DAA. Si no la has hecho, debes tener testigos que acrediten los hechos (pide el contacto de cualquiera que acuda a auxiliar). Solamente recibirás indemnización si el siniestro no ha sido culpa tuya, por lo que es importante recoger las infracciones de los otros vehículos.
2) Atestado. En caso de no haber redactado la Declaración Amistosa y se haya personado un cuerpo de la policía, debes conseguir el acta de su actuación o el número de actuación para que, posteriormente, tu compañía solicite el atestado a las Dependencias Policiales.
3) Debes acudir al médico de urgencias. Mucho mejor si lo haces al instante, tras el siniestro, o en todo caso antes de transcurridas 72 horas. De no hacerlo, la compañía de seguros implicada podría alegar falta de nexo causal entre las lesiones y el siniestro, es decir, que el daño que quieres compensar no corresponde al accidente que has sufrido, y librarse de pagarte cualquier indemnización.
4) Informes médicos. Eres el paciente y tienes derecho a tener acceso a los informes médicos (urgencias o posteriores) y debes exigir que en los mismos detallen las dolencias que has sufrido y las que padeces en cada momento.
5) Informa a tu compañía de seguros. Debes comunicar lo ocurrido a tu compañía para que inicien el procedimiento correspondiente y puedan hacerte el seguimiento médico en un centro concertado cerca de tu domicilio.
6) Tratamiento. Deberás acudir al centro rehabilitador designado. Si te ofrecen fechas para realizar el tratamiento intenta que no sean muy espaciadas en el tiempo y se ajusten a lo médicamente deseable. Recuerda que la Ley quiere compensarte con lo que mereces por el daño sufrido y el tiempo de recuperación es una variable a tener en cuenta, pero exigir más de lo merecido es una acción fraudulenta y la compañía contraria podría poner problemas si alargas el tratamiento más de lo debido.
7) Guarda los tickets de todos los gastos. Tienes derecho a recibir indemnización por todos los gastos derivados del siniestro, pues no ha sido culpa tuya. Esto incluye, por ejemplo, desplazamientos al centro médico o medicamentos. Por lo que debes guardar los tickets de todas las compras que realices (gasolina, transportes, facturas de taxi, farmacia, etc.). De nuevo, recuerda que la Ley quiere indemnizarte por todo a lo que tienes derecho pero cualquier exceso se puede considerar fraudulento.
8) Documentación tras el alta. Solo es posible saber qué cantidad reclamar una vez se encuentre de alta médica, no durante el tratamiento. Debe facilitar a la compañía el informe de alta del traumatólogo en el que aparezcan todas y cada una de las lesiones sufridas, su evolución y su resultado final en el momento de redacción del informe, así como si existen secuelas relacionadas con el siniestro. Asimismo, deberá aportar el calendario de rehabilitación y los partes de Alta y Baja laboral (el alta y baja laboral no son lo mismo que el alta y baja médica; puedes seguir en tratamiento y recibir el alta laboral, por ejemplo).
9) Reclamación. Su compañía de seguros le indicará cómo reclamar por sus lesiones. Debe tener en cuenta que su compensación valorará los daños sufridos a partir de variables como la valoración de las lesiones o el tiempo de tratamiento. Su perjuicio se puede calificar como muy grave, grave, moderado o básico, en función de calificaciones establecidas por el Baremo. Es el denominado Perjuicio Personal Básico y Particular.
10) Indemnización. Transcurrirá un tiempo entre el siniestro y la misma. Tu compañía o los asesores legales que elijas te acompañaran en todo el proceso pero, una vez obtenida la indemnización, consulta con tu abogado si es correcta y, de ser así, puedes firmar el finiquito para cobrar y poder olvidarte del asunto (¡en la medida de lo posible!).
Diez sencillos pasos con todo lo que debes tener en cuenta desde el momento en que hayas tenido un accidente. La Ley ha cambiado, pero su objetivo sigue siendo indemnizar todo el daño que puedas haber sufrido en el mismo. Eso si, debes tener presente que existen muchas variables más que pueden influir en el contenido de la reclamación, por lo que debe seguir las indicaciones de sus asesores legales, pues no todo se puede reclamar para recibir indemnización. Asimismo, debes saber que tienes 1 año para reclamar tus perjuicios y sólo de forma civil, pues no existe ya el procedimiento penal excepto en caso de fallecimiento. Podremos abordar más casuísticas en otras ocasiones.